lunes, abril 04, 2016




La ley antiterrorista no es la ley antiterrorista, es la ley antimapuche


La ley 18.314 no es antiterrorista, es antimapuche, de la misma manera que esa ley que dictó el general Pinochet no era antiterrorista como entonces se bautizó, si no que fue la ley antidisidente. La dictadura de Pinochet fue una dictadura leguleya, se ejercía el abuso y se dictaba simultáneamente la ley que lo respaldaba.


Lo curioso o más bien lo increíble del caso, es que el mismo argumento de su autor, el general Pinochet, que sabía de sobra que lo que ocurría Chile no era terrorismo si no disidencia, es idéntico al argumento que está detrás del su invocación por el Ministerio del Interior que sabe de sobra que lo que ocurre en el Wallmapu no es terrorismo sino la lucha del pueblo mapuche  por sus reivindicaciones de tierras y autonomía. Entonces son razones prácticas y de intimidación las que justifican su uso indebido.


El Estado de Chile está siendo cuestionado por la comunidad internacional - la Corte interamericana de DDHH y el comité de DDHH de la ONU- por el uso de la ley antiterrorista. Es peor el uso de esa ley ocurrido en una pretenciosa democracia, que el ejercido por una atroz dictadura.


 La ley antiterrorista aplicada casi exclusivamente a mapuches fue cuestionado en 2003, 2009 y 2013 por los relatores especiales de derechos indígenas Rodolfo Stavenhagen, James Anaya y Ben Emmerson y fue reiterado por la ONU en 2004, 2007 y 2009.


Fue Ricardo Lagos el que re-estrenó la ley antiterrorista, la ley que se había usado contra los dirigentes sociales mapuches en los gobiernos de Aylwin y Frei no parecía suficiente para controlar sus demandas y acciones reivindicativas, se trataba de la ley de seguridad del Estado. De modo que a la ley antiterrorista se le agregó como delito el incendio, dejándola de esta manera a punto para su uso inaugurando una nueva etapa de en el largo conflicto chileno-mapuche que el Estado siempre se ha negado resolver políticamente.

Héctor LLaitul Carillanca, lúcido dirigente social mapuche y víctima de la ley antimapuche dice: (1)"La existencia de una Ley Antiterrorista nace, existe y se moderniza con el objetivo de perseguir y reprimir a un supuesto enemigo interno, cuya existencia es construida a la fuerza por quienes ven sus intereses amenazados. Es decir, nace en contra de los movimientos anticapitalistas y, en nuestro caso particular, del Pueblo Nación Mapuche", y añade:"Todo comienza cuando ocurre un hecho que tiene componentes de fuerza política por parte de un sector organizado del pueblo mapuche, que en determinadas condiciones genera violencia... Siempre es el Estado el que define, por presión de los poderes económicos o políticos dominantes, la forma de criminalización de esa acción. Ello se acompaña siempre con una fuerte campaña mediática que presiona por una calificación de terrorismo y que termina cuando el Gobierno se querella ante los tribunales. Entonces ya han construido la “realidad terrorista”.

Una vez presentada la querella, los tribunales otorgan poder a los fiscales y policías para que apliquen todas las medidas y procedimientos que les garantice el uso de esa Ley, con prerrogativas para acciones que rayan en la ilegalidad y la absoluta impunidad o falta de responsabilidad. Siempre con grandes recursos, que les permite incluso tener informantes pagados y agentes infiltrados.

Una vez que se determina la prisión preventiva, estamos frente a la “realidad terrorista perfeccionada”, con las más diversas acusaciones producto de las mentes de los fiscales y querellantes, instalando un discurso oficial de condena previa. Se trata de una larga prisión preventiva que supera con creces el tiempo determinado para la investigación.

Durante dicho periodo se establece también el “secreto de la investigación” que permite la manipulación y confección de pruebas, a través del reclutamiento de “testigos secretos”, obtención de muestras de sangre o saliva, muchas veces a la fuerza, reconstituciones de escena, etc. Siempre desconocidas por la defensa de los imputados."

El conflicto chileno mapuche no se resolverá judicializando las acciones políticas de sus dirigentes sociales, no se resolverá con el abuso de la fuerza del Estado ni con el acorralamiento y la intimidación de un pueblo decidido a luchar, un pueblo que cuenta con la comprensión y apoyo internacional, que cuenta con el convenio 169 de la OIT (2),suscrito y ratificado por el estado de Chile siendo ley de la república su texto; que contempla autonomía y uso de sus recursos naturales.

La solución de este centenario conflicto pasa por la sensatez, por un pacto social, por una solución política,puesto que el conflicto chileno-mapuche es y ha sido siempre político.




(1)http://www.elmostrador.cl/noticias/opinion/2014/06/03/511660/

(2)http://www.bcn.cl/leyfacil/recurso/convenio-169-oit

No hay comentarios: